Fecha límite: 31 dic 2026, 14:00 · hora peninsular
Fuentes oficiales
Quién ofrece la ayuda: DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS INDUSTRIALES
Auto+ 2026 · Vehículos CERO para particulares
Auto+ 2026, línea 1: compra de vehículos eléctricos y electrificados con etiqueta CERO para personas adultas con residencia legal en España que no realizan actividad económica. Admite un vehículo por beneficiario. La cuantía depende de la categoría, precio y características del vehículo; el máximo de un turismo M1 es 4.500 €. Hay que comprobar el vehículo, la fecha de compra y el crédito disponible.
- Quién puede pedirla
- Persona físicaFuente de beneficiarios
- Para qué sirve
- Auto+ 2026, línea 1: compra de vehículos eléctricos y electrificados con etiqueta CERO para personas adultas con residencia legal en España que no realizan actividad económica.
- Cuánto puedes recibir
- Hasta 5000 € / vehículo M1Subvención4.500 € es el tope de turismo M1; otras categorías y criterios tienen cuantías distintas. Máximo un vehículo por persona.
- Dónde aplica
Residencia o domicilio: España
¿Puede encajar con tu situación?
Estas son condiciones de la convocatoria. Aún no hemos comprobado tu perfil.
Comprobar con mi perfil, sin registroCondiciones de acceso
- Mayoría de edad.Ver condición en la fuente
- Residencia en España; su carácter legal se comprueba documentalmente.Ver condición en la fuente
Debes comprobar
- No realizar actividad económica y acreditar residencia legal. Estar al corriente de obligaciones tributarias y Seguridad Social; comprobar prohibiciones y reintegros pendientes.Ver condición en la fuente
- Vehículo de categoría admitida con etiqueta CERO. Comprobar matriculación, fecha de factura y pago, límites de precio, Lista Blanca y documentación de la convocatoria.Ver condición en la fuente
- Un vehículo por beneficiario. Topes por vehículo: M1 4.500 €, N1 5.000 €, motocicletas admitidas 1.100 € y cuadriciclos 1.500 €. La ayuda efectiva se modula por tecnología, precio y fabricación; no es un porcentaje del precio de compra.Ver condición en la fuente
- Concesión por orden de solicitud hasta agotar presupuesto. Puede existir lista de espera. Comprobar disponibilidad y compatibilidad de otras ayudas, incluidas las restricciones a instrumentos de la UE.Ver condición en la fuente
Qué gastos cubre y qué debes aportar
El listado de gastos elegibles no está revisado en esta ficha. No todos los costes de tu proyecto tienen por qué ser subvencionables.
“Gastos elegibles” son los costes que la convocatoria permite financiar. La calculadora general solo estima a partir de los valores que indiques.
Compatibilidad, ejecución y justificación
No consta una regla de acumulación revisada. Esto no significa que puedas cobrar varias ayudas para el mismo gasto.
- Inicio de ejecución
- No consta
- Fin de ejecución
- No consta
- Fin de justificación
- No consta
Los plazos de ejecución y justificación no amplían el periodo para presentar una solicitud.
Cómo solicitarla
No contamos con una guía de presentación revisada para esta edición. Sigue el procedimiento y las instrucciones oficiales. Este portal no presenta ni recibe solicitudes.
Antes de empezar, prepara
No tenemos una checklist revisada. Consulta el listado de documentos de la convocatoria; no suponemos que todos los solicitantes deban aportar DNI, certificados o una memoria.
Fuentes, bases y datos de la convocatoria
Ver título oficial y datos técnicos
Orden por la que se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2026 de la Línea 1 del Programa Auto+
- Código BDNS
- 922783
- Edición
- 2026
- Organismo y departamento
- DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS INDUSTRIALES · MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO
- Administración
- ESTADO
- Instrumento
- SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
- Régimen de concesión
- Concesión directa - canónica
- Fondos de toda la convocatoria
- 350.000.000 €. No es el máximo individual.
- Fecha de publicación
- 4 ago 2026
- Registro en BDNS
- 30 jul 2026
- Zona horaria del plazo
- Europe/Madrid
- Región de impacto BDNS
- España (dato estadístico)
- Territorio del gestor
- España (no acredita acceso)
- Programa
- Auto+
- Registro BDNS: Ficha de esta convocatoria en BDNS Edición 2026
- Bases / convocatoria: Bases reguladoras vinculadas a BDNS Enlace comprobado: 10 oct 2026, 20:20 · respuesta técnica obtenida
- Documento oficial: Convocatoria Programa Auto_ Particulares.pdf Edición 2026
- Información del organismo: Información oficial de la convocatoria Edición 2026 Enlace comprobado: 10 oct 2026, 20:19 · respuesta técnica obtenida
- Procedimiento: Procedimiento oficial Edición 2026
BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO · 4 ago 2026 Ver extracto oficial
Leer el extracto oficial disponible
Primero. Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas mayores de edad que no realicen una actividad económica, con residencia legal en España. 2. El beneficiario deberá encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en el momento de la concesión de la subvención. Asimismo, no deberá tener pendiente obligación alguna por reintegro de ayudas con la Administración General del Estado y sus organismos y entidades públicas dependientes o vinculados. Además, el beneficiario deberá cumplir con el resto de los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Segundo. Objeto. Se realiza la convocatoria anual, correspondiente al año 2026, de concesión de ayudas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados según la definición del apartado 2 del anexo I de esta orden, correspondiente a la Línea 1 del Programa Auto+, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1, apartados 1 y 3 del Real Decreto 609/2026, de 22 de julio. Tercero. Bases reguladoras. Real Decreto 609/2026, de 22 de julio, por el que se regula la concesión directa de ayudas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados (Programa Auto+). Cuarto. Importe de financiación convocado. La ayuda que se conceda a consecuencia de las solicitudes presentadas de acuerdo con la presente convocatoria, tendrá una cuantía total máxima de 350.000.000 euros en forma de subvención, incorporables, y se imputará a la aplicación presupuestaria 20.09.422B.783 de los Presupuestos Generales del Estado del año 2026, en virtud de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2026. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 4 de agosto de 2026, a las 10:00 (hora peninsular), y finalizará el 31 de diciembre de 2026 a las 14:00 (hora peninsular).
Procedencia de los campos importantes
- Solicitantes: Edición manual · Consultar respaldo
- Ámbito de acceso: Edición manual
- Plazos: Edición manual · Consultar respaldo
- Cuantía individual: Edición manual · Consultar respaldo
- Explicación simplificada: Edición manual · Consultar respaldo
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